Nuevas ayudas Mujer TIC para impulsar el emprendimiento femenino

El Departamento de Políticas Digitales de la Generalitat de Cataluña ha aprobado la séptima convocatoria de ayudas Mujer TIC para impulsar el emprendimiento y el liderazgo femenino en el ámbito digital, a las que prevé destinar entre 15.000 y 35.000 euros. Están dirigidas a aquellas empresas que tengan una mujer en la cúpula directiva y se pueden pedir desde el 20 de marzo hasta el 19 de mayo.
 

¿Cuáles son los requisitos para acceder a estas ayudas?


Podrán solicitarlas las empresas que cumplan los siguientes requisitos, desglosados según sean para el equipo de trabajo o para la empresa.
 
Requisitos para el equipo de trabajo:
 
  • Tiene que haber, como mínimo, una mujer en el equipo fundador (debe ser una persona física con participación accionarial en la empresa y que desarrolle alguna área de responsabilidad en la compañía). Deberá tener un mínimo de un 50% de la compañía en acciones escrituradas. No es necesario que la mujer ocupe la posición de CEO, pero sí ha de formar parte del equipo directivo de la empresa.
  • El equipo fundador debe comprometerse con el crecimiento de la empresa y dedicar la mayor parte del tiempo de trabajo (será necesario que en la memoria se hagan constar las horas dedicadas a la empresa).
  • Las empresas deben tener mínimo una mujer en el equipo fundador y ser una compañía con potencial de crecimiento y base tecnológica establecida en Cataluña.
Requisitos para la empresa:
 
  • Ser una compañía establecida en Cataluña con más de un año y menos de tres de vida desde su constitución. Este requisito debe cumplirse en el momento de la publicación de la convocatoria y se hará constar en la memoria.
  • Estar constituida según alguna de las formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral o sociedad cooperativa. Esta información se hará constar en la memoria.
  • Ser una compañía con potencial de crecimiento de base tecnológica. Este requisito se acreditará en la memoria con un plan de negocio que explique el potencial de crecimiento (clientes, mercados, tecnología, etc.).
  • umplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat.

¿Cuál es el importe de la subvención?


Las empresas beneficiarias que obtengan una puntuación igual o superior a 50, según los criterios de valoración de las bases y hasta agotarse el presupuesto de la convocatoria, podrán acceder a una ayuda económica. La cuantía será de un mínimo de 15.000 euros y un máximo de 35.000 euros, y puede llegar a ser del 100% del proyecto presentado.
 
Los criterios que se tendrán en cuenta para determinar la cuantía de las subvenciones son: el coste del proyecto, las demás ayudas recibidas, la puntuación obtenida por los criterios de valoración y las disponibilidades presupuestarias.
 
El importe de las ayudas concedidas no podrá superar el coste de la actividad a desarrollar por la empresa beneficiaria, sea de forma aislada o en concurrencia con subvenciones de otras entidades, ayudas ingresos o recursos.
 
La concesión de estas subvenciones está supeditado a la posibilidad de reducción parcial o total de la subvención, antes de que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de las restricciones que se deriven del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

 

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