Novedad en las cotizaciones de los empleados/das del hogar

El Consejo de Ministros ha aprobado el Decreto-Ley 16/2022, de 6 de septiembre, que establece una nueva normativa laboral y de cotización para los empleados/das del hogar, que será de aplicación a partir del próximo mes de octubre con el ánimo de equiparar sus derechos laborales con los del resto de sectores.
 
Las principales novedades son:

Se elimina el despido por desistimiento


El despido por desistimiento permitía al empleador/a, sin necesitar indicar una causa, dar por finalizada la relación laboral con el empleado/a del hogar. En su lugar, se aplicará la normativa ordinaria con algunas particularidades relacionadas con las que la familia no tenga requisitos económicos.

 

Derecho al paro


Se establece la obligatoriedad de cotizar por desempleo y Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a partir del 1 de octubre, tanto por el trabajador/a como por el empleador/a.

Por otra parte, los/las empleados/as domésticos/as deben cotizar por desempleo un año completo antes de poder acceder a la prestación contributiva y a todos los subsidios asistenciales existentes actualmente, al igual que un trabajador asalariado del Régimen General.

 

Bonificaciones


El SEPE (Servicio de Empleo Público Estatal) bonificará el 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y FOGASA de las nuevas cotizaciones para aliviar el impacto en la economía de las familias que tienen contratados trabajadores/as del hogar.

La nueva cotización por desempleo será del 6,05% de la base reguladora. El empleador le abonará el 5% y estará bonificado con el 80%. El 1,05% deberá ingresarla el trabajador/a.

Además, se mantendrán la reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes y bonificaciones hoy existentes para las familias empleadoras. Además, en el plazo de seis meses se incrementarán en función de la composición del hogar y los niveles de renta y de patrimonio, los tramos de bonificación superiores al 20%, lo que se intuye que permitirá ampliar el número de beneficiarios. Los requisitos de estas bonificaciones quedan pendientes de reglamentación.

Se establece también la cobertura del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) para este colectivo del hogar, que va de la mano de una nueva cotización correspondiente del 0,20% de la base reguladora de la trabajadora y que estará también bonificada en el 80%. De esta forma, las familias de las empleadas del hogar que se declaren insolventes según la Ley de Segunda Oportunidad podrán reclamar sus salarios e indemnizaciones en este organismo (Fogasa).

Prevención de Riesgos Laborales


Los empleados/das del hogar también se incluirán en la ley de prevención de riesgos laborales.

 

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