Hacienda elevará a 50.000 euros el límite exento de aportar garantías en aplazamientos de deudas

El Ministerio de Hacienda y Función Pública elevará el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de las deudas tributarias de 30.000 a 50.000 euros. De esta forma, se podrá retrasar o fragmentar el pago de deudas de hasta 50.000 euros sin tener que dar explicación ninguna y sin tener la obligación de aportar garantías o avales al fisco.
 
Este cambio de criterio viene recogido en una orden ministerial de Hacienda que se encuentra en información pública y que entrará en vigor el próximo 15 de abril sin efectos retroactivos, por lo que solo aplicará a los aplazamientos presentados a partir de entonces.
 
La presente orden tiene como objeto mantener la finalidad última de la exención prevista, otorgando facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones ante posibles dificultades económico financieras de carácter transitorio y agilizando el procedimiento de gestión de estas solicitudes mediante el impulso de su gestión automatizada.
 
Todo ello teniendo en cuenta el actual contexto económico derivado tanto de la invasión rusa de Ucrania como del choque de oferta que viene sufriendo la economía europea asociado a la escalada de los precios de la energía, que han favorecido un incremento de precios que genera "enormes dificultades" en las economías domésticas y sectores económicos, sin olvidar que todavía perduran los efectos de la crisis pandémica ocasionada por el Covid-19.
 
Partiendo de este contexto, el Ministerio de Hacienda cree que el límite actualmente vigente de 30.000 euros "denota cierta obsolescencia", por lo que considera necesario actualizar tal importe, elevando el límite de la exención de la obligación de aportar garantías hasta los 50.000 euros.
 
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