El Ayuntamiento de Figueres abre la convocatoria de unas ayudas destinadas a la compra o instalación de medidas de seguridad en establecimientos

El Ayuntamiento de Figueres, dentro del Plan de Reactivación Económica Municipal, ha abierto la convocatoria de un programa de subvenciones directas por empresas, profesionales y autónomos de cualquier sector empresarial (comercial, restauración, servicios, industria, etc.) de Figueres afectado por la crisis del COVID-19.
 
La finalidad de las ayudas es conseguir reactivar la economía de la ciudad en el menor tiempo posible y garantizar el cumplimiento de las medidas preventivas de propagación del COVID-19. Asimismo, el Ayuntamiento ha publicado una guía de buenas prácticas para los comercios que puedes descargarte en este enlace.
 
¿Quién puede beneficiarse de estas subvenciones?
 
Pueden optar a estas ayudas las personas físicas o jurídicas que tengan actividad empresarial en el municipio de Figueres y ofrezcan atención al público en sus instalaciones.
 
¿Qué gastos se pueden subvencionar?
 
Sólo pueden subvencionarse las inversiones para la compra o instalación de medidas higiénicas y de seguridad relacionadas con la gestión y prevención de la pandemia COVID-19 que se hayan producido desde la declaración de Estado de Alarma:
 
  • Compra de equipamientos de higiene y seguridad para mantener los espacios abiertos al público con las condiciones sanitarias óptimas para desarrollar la actividad.
  • La instalación de medidas de protección sanitaria e higiénica a los establecimientos y locales comerciales, dirigidas tanto a consumidores como a los trabajadores del establecimiento.
Estos materiales e instalaciones pueden ser:
 
  • Mamparas protectoras
  • Máquinas de purificación de ozono
  • Máquinas de cobro automático y sistemas de cobro contactless
  • Puertas de apertura y cierre automático por sensores
  • Otras medidas similares recomendadas por las autoridades sanitarias
No son subvencionables ni el IVA ni las compras de guantes, mascarillas y gel hidroalcohólico, así como cualquier otro material fungible.
 
¿Qué cuantía máxima tienen las subvenciones?
 
Los gastos serán100% subvencionables con un máximo de 1.000 euros por solicitud. Una vez agotado el crédito disponible (300.000 euros), la presentación de la solicitud no dará derecho a la obtención de la ayuda.
 
El importe del pago se abonará en un único pago una vez se haya presentado la justificación, previa validación del órgano gestor.
 
¿Cuál es el plazo para solicitar la subvención?
 
Las solicitudes pueden enviarse del 20 de mayo hasta el 17 de junio de 2020.
 
¿Cuántas solicitudes se pueden presentar?
 
Cada solicitante puede presentar una solicitud por establecimiento y negocio con atención al público, hasta un máximo de cinco solicitudes. Cada solicitud debe hacer referencia a cada establecimiento.
 
¿Es compatible con otras ayudas?
 
La subvención es compatible con cualquier otra ayuda, prestación, subsidio o subvención destinada a la misma finalidad, concedidos por el Ayuntamiento de Figueres o procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, sean de ámbito local, nacional, estatal, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
 
El conjunto de aportaciones no podrá superar la totalidad del coste total de las actuaciones subvencionadas.

 

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