Declara tus bienes o derechos en el extranjero en el modelo 720

El próximo 31 de marzo de 2023 finaliza el plazo para presentar ante la Agencia Tributaria la declaración anual informativa sobre los bienes y derechos situados fuera del territorio español a través del modelo 720.
 

¿Quién está obligado a presentar la declaración?


Todas las personas físicas y jurídicas residentes en el territorio español que a 31 de diciembre de 2022 (o en cualquier momento del mismo año) hayan estado en alguna de estas situaciones:
  • Que hayan estado titulares, representantes, autorizados, beneficiarios o hayan tenido poder de disposición sobre cuentas corrientes en entidades financieras situadas en el extranjero.
  • Que hayan estado titulares de valores, derechos, seguros y rentas vitalicias o temporales depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.
  • Que hayan estado titulares de bienes inmuebles o de derechos reales sobre los mismos situados en el extranjero.
 

¿Quién está obligado a presentar esta declaración?


Bloc 1: Cuentas corrientes o depósitos en entidades financieras situadas fuera del territorio español, cuando los saldos a 31/12/2022 o los saldos medios del último trimestre de 2022 superen conjuntamente los 50.000 euros.
Bloc 2: Valores (obligaciones, acciones y participaciones en entidades o fondos de inversión), derechos, seguros de vida o invalidez y rentas (vitalicias o temporales) depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero, cuando su valor a 31/12/2022 sea, conjuntamente, superior a 50.000 euros.
Bloc 3: Bienes inmuebles y derechos reales sobre los mismos situados en el extranjero, con valor superior a 50.000 euros.
 

¿Cuándo se tiene que presentar la declaración?


El plazo para presentar la declaración finaliza el próximo 31 de marzo de 2023.
 

Si hice la declaración en ejercicios anteriores, ¿tengo que volver a presentar el Modelo 720?


Será obligatorio volver a hacer la declaración respecto al año 2022 cuando los saldos o los valores de los bienes y derechos declarados en la última declaración hubieran experimentado un incremento de valor superior a 20.000 euros.
 
Así mismo, se tendrá que hacer la declaración cuando durante 2022 se haya perdido la condición de titular, autorizado, representando o beneficiario de las cuentas, valores o inmuebles declarados en la declaración anterior.
 

¿Qué otras obligaciones relacionadas con bienes en el extranjero existen?


Adicionalmente al Modelo 720, los contribuyentes con activos en el extranjero se pueden ver obligados a rellenar las obligaciones de información con el Banco de España, a través del formulario ETE, y con el Ministerio de Economía, a través del modelo D-6, los plazos de presentación finalizan el 20 y 31 de enero respectivamente. Se trata de declaraciones informativas con fines estadísticas y que afectan únicamente a la tenencia de determinados tipo de activos en el extranjero.
 
Para cualquier duda o aclaración, podéis contactar con Asesoría CINC (cinc@cinc.es).
 

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