El Govern establece cuándo se considera gran tenedor en Cataluña
- 17 abril 2026
- Asesoría

El Govern ha concretado los criterios para determinar cuándo un propietario de viviendas pasa a ser considerado gran tenedor. Según un informe conjunto de la Agencia de la Vivienda de Cataluña y la Dirección General de Tributos y Juego, se fija el umbral en cinco viviendas situadas dentro de una misma zona de mercado residencial tensionada.
Zonas tensionadas en Cataluña
En Cataluña se han declarado dos zonas de mercado tensionado: una con 140 municipios (declarada en marzo de 2024) y otra con 131 municipios (de julio del mismo año).
Para ser considerado gran tenedor, los inmuebles deben estar todos dentro de una misma zona. Esto implica que no se computan viviendas repartidas entre diferentes áreas tensionadas.
Por ejemplo, un propietario con tres viviendas en Barcelona y dos en Tossa de Mar no tendría esta consideración.
Limitación del precio del alquiler
En estas zonas, los nuevos contratos de alquiler no pueden superar el precio del último contrato vigente de los últimos cinco años, una vez actualizado.
En el caso de los grandes tenedores, la renta del alquiler no puede superar en ningún caso el índice de referencia del precio del alquiler.
Criterios de cómputo de las viviendas
El documento también precisa cómo se computan las viviendas. En caso de copropiedad, se tienen en cuenta los porcentajes de titularidad, y no solo el número de inmuebles. Así, se puede alcanzar la condición de gran tenedor si la suma de participaciones equivale al 500% de cinco viviendas. También se incluye la vivienda habitual dentro del cómputo, ya que la normativa no la excluye.
Otras viviendas y umbrales
Cuando los inmuebles no están situados en zonas tensionadas, se tienen en cuenta todas las viviendas del territorio español, siempre que al menos una se encuentre en Cataluña.
En estos casos, el umbral para ser considerado gran tenedor se establece en diez viviendas o en una superficie superior a 1.500 m² de uso residencial.
Impacto fiscal en las operaciones inmobiliarias
El documento también recuerda que el tipo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales puede llegar al 20% en determinadas operaciones vinculadas a grandes tenedores.
Este gravamen se aplica a partir de la compra de la sexta vivienda en una misma zona tensionada, o de la duodécima en determinados supuestos de cómputo global.
Exclusiones del cómputo
Quedan excluidas del cómputo las viviendas sin cédula de habitabilidad, los apartamentos turísticos y algunos casos de coliving, que se analizarán individualmente según su uso y configuración.
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