Contratos de formación en alternancia: requisitos clave y cómo funciona

¿Estás pensando en incorporar a una persona joven en tu empresa y te interesa una fórmula que combine formación y trabajo con bonificaciones? El contrato de formación en alternancia puede ser una opción conveniente en este tipo de casos.
Este tipo de contrato está diseñado para facilitar la inserción laboral de jóvenes, permitiéndoles compaginar su empleo con una formación oficial relacionada con el puesto de trabajo. A cambio, las empresas obtienen importantes ventajas económicas y beneficios formativos.

Requisitos para poder formalizar el contrato

Antes de plantearte esta modalidad, debes asegurarte de que la persona a contratar cumple con los siguientes requisitos:

  • Tener entre 16 y 30 años (sin límite de edad si se trata de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social).
  • No haber finalizado una formación reglada relacionada con el puesto a desempeñar.
  • No haber trabajado en el mismo puesto de trabajo y empresa más de 6 meses.
  • Si se cumplen estos tres puntos, es posible iniciar un contrato de formación.

¿Qué ventajas tiene este tipo de contrato?

Uno de los principales atractivos de esta modalidad son las bonificaciones a las que puede acogerse la empresa, tanto en formación, Seguridad Social como en la tutorización.

1. Bonificación por formación

Durante el primer año, el 35% de la jornada se destina a formación, y el 15% durante el segundo. El coste de esta formación se bonifica al 100% en las cuotas a la Seguridad Social.

2. Bonificación en la Seguridad Social

El coste mensual de un contrato de formación a jornada completa es de 189,88€, pero esta cantidad puede bonificarse hasta 119€ si se cumplen ciertos requisitos. Es decir, el coste real puede reducirse a solo 78,88€ al mes.

Para acceder a esta bonificación, se deben cumplir condiciones como:

  • Que el trabajador no provenga de un contrato indefinido en los últimos 3 meses.
  • Que no haya estado vinculado a la empresa en los últimos 6 meses.
  • Estar inscrito como demandante de empleo al menos 24h antes del alta.
  • La empresa debe estar al corriente de pagos con Seguridad Social y Agencia Tributaria.
  • No haber despedido a un trabajador con contrato bonificado en los últimos 12 meses.
  • Si no se cumplen estos requisitos, se aplicará la cuota fija y reducida de 189,88€, que sigue siendo ventajosa.

3. Bonificación por tutorización

El trabajador deberá contar con una persona que lo acompañe en su proceso de aprendizaje dentro de la empresa. Por esta labor, la empresa recibe una bonificación mensual:
• 80€/mes si tiene menos de 5 empleados.
• 60€/mes si tiene más de 5 empleados.

4. Bonificación por conversión a contrato indefinido

Si la empresa decide convertir el contrato en indefinido, puede beneficiarse de un incentivo de:
• 128€/mes durante 3 años (1.536€/año).
• 147€/mes para mujeres (1.764€/año).

Es necesaria la inscripción en el sistema de Garantía Juvenil.

Duración y jornada del contrato

El contrato puede tener una duración mínima de 3 meses y máxima de 24 meses, según la ocupación.

En cuanto a la jornada:
• Jornada completa (40h): 26h de trabajo y 14h de formación.
• Jornada parcial (31h): 20h de trabajo y 11h de formación.
• Jornada parcial (20h): 13h de trabajo y 7h de formación.

Es importante saber que el trabajador cotiza por el total de horas (trabajo + formación), pero la empresa solo paga por las horas de trabajo efectivo.

¿Te interesa implementar esta modalidad en tu empresa?

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