Arraigo para la formación en 2024: ¿en qué consiste y cuáles son los requisitos?

Arraigo formación 2024

El Arraigo para la formación es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se puede conceder a ciudadanos extranjeros que se encuentren en España y hayan permanecido de forma continuada durante dos años, permitiendo la obtención de una autorización para la realización de una formación, supeditando la obtención de la autorización de residencia y trabajo a la superación de ésta y de la presentación de un contrato de trabajo.

La autorización concedida podrá ser prorrogada una única vez por otro período de 12 meses en los casos en que la formación tenga una duración superior a un año o exceda la vigencia de la primera autorización concedida.

Requisitos del Arraigo para la Formación

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al regresar voluntariamente a su país de origen.
  • Haber permanecido de forma continuada en España durante un periodo mínimo de dos años previos a la solicitud de la autorización. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años.
  • Comprometerse a realizar una formación:
    • Reglada para el empleo o a obtener un certificado de profesionalidad, o una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica o una promovida por los Servicios Públicos de Empleo y orientada al desempeño de ocupaciones incluidas en el Catálogo al que se refiere el artículo 65.1.
    • O bien, en el ámbito de la formación permanente de las universidades, comprometerse a la realización de cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales, así como de otras enseñanzas propias de formación permanente.
    • A estos efectos, la matriculación deberá haberse realizado en un plazo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de residencia.
  • Que se haya abonado la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.

Novedades con la nueva Reforma del Reglamento de Extranjería

Hasta la fecha, este permiso no permitía trabajar mientras se llevaban a cabo los estudios. Sin embargo, de acuerdo a lo que se ha anunciado con la nueva Reforma del Reglamento de Extranjería, se está estudiando incorporar el permiso de trabajo con este tipo de residencia.

Si cuentas con los requisitos para este arraigo o tienes dudas sobre cómo realizar algún trámite de Extranjería, ponte en contacto con el Departamento de Extranjería de CINC Asesoría y te ayudaremos con tu situación legal en el país.

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