Alerta de fraudes en cursos de formación bonificada y adaptación a la ley de Protección de Datos

En las últimas semanas, algunos de vosotros nos habéis hecho eco de diferentes campañas agresivas por parte de empresas que ofrecen consultorías de carácter gratuito o con un precio muy reducido al contratar cursos de formación. Los servicios que estas empresas están ofreciendo y que están considerados fraude a la Seguridad Social son los siguientes:

  • Adaptación de la Protección de Datos utilizando formación bonificada. Desde el 2019 la Fundae (fundación Estatal para la formación en el Empleo) viene realizando campañas informativas avisando a empresas y asesores sobre el fraude que supone usar la formación bonificada para sufragar el coste de la implantación de los servicios de protección de datos.
  • Implantación del Protocolo de acoso sexual y por razón de sexo al contratar una formación. Desde la aprobación en 2022 de la obligación que tienen las empresas de impartir formación en acoso sexual y por razón de sexo, diferentes empresas de formación están comercializando un protocolo de acoso sexual a cambio de realizar un curso bonificado. Recordad que el protocolo de acoso sexual es obligatorio desde el 2007 y es obligatorio implantarlo y hacer un seguimiento anual de las posibles denuncias.
 
Os dejamos parte del texto de la notificación emitida por la Fundae, que podéis encontrar en su web: “La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo advierte a empresas y consultores, a todos los gestores de formación para el empleo del sistema de bonificaciones de ámbito estatal, sobre la existencia de entidades que de manera gratuita ofrecen servicios de implantación, auditoría y asesoría jurídica en materia de protección de datos de carácter personal, que en la práctica financian estos servicios con cargo al crédito asignado para la formación, un hecho que puede llegar a ser constitutivo de fraude”.
 
Por otro lado, algunas compañías están llevando a cabo campañas engañosas que ofrecen servicios de desconexión digital a empresas que no están obligadas a implementarlos y la exclusión de listados de incumplimiento que no existen, también a un precio reducido:
 
  • Servicios de desconexión digital. Algunas empresas ofrecen ofertas del servicio de desconexión digital a un precio cerrado, asegurando que todas las empresas están obligadas a implementarlo. Este argumento es falso: en realidad, no todas las empresas deben implantar medidas de desconexión digital, sino que solo estarían obligadas aquellas que realizan el teletrabajo. Y, para que se considere teletrabajo, no hablamos de aquellas empresas que permiten trabajar algún día a la semana a sus empleados: nos referimos a un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo, según marca la Ley del trabajo a distancia.  
  • Listados de incumplimiento de Protección de Datos. Otras compañías llevan a cabo políticas muy agresivas que consisten en realizar llamadas que tratan de hacer creer a la empresa afectada que un tercero ha cedido sus datos, argumentando que están en un listado de empresas que incumplen la Ley de Protección de Datos. Cuidado: se trata de una práctica fraudulenta, ya que estos registros no existen.

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