Procedimiento MASC: obligatorio para los grandes tenedores antes de interponer una demanda por conflictos de alquiler
- 12 agosto 2025
- Asesoría, General

Con la entrada en vigor de la Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda, los grandes tenedores —como propietarios con más de 5 viviendas en zona tensionada en Cataluña— tienen la obligación de iniciar un procedimiento de resolución alternativa de conflictos (MASC) antes de poder presentar una demanda judicial contra un inquilino, ya sea por impago u otros motivos.
¿Qué es el procedimiento MASC?
El MASC es un mecanismo previo de mediación, conciliación o arbitraje que pretende resolver el conflicto entre arrendador y arrendatario sin tener que recurrir a la vía judicial. En Cataluña, es un requisito previo para admitir a trámite una demanda de desahucio o reclamación judicial, siempre que el propietario sea considerado gran tenedor.
Este procedimiento puede suponer una demora significativa en el inicio del proceso judicial, especialmente en casos en los que el inquilino no responde a la propuesta o no asiste a la mediación. Aunque no existe un plazo legal único, se calcula que esta fase puede añadir hasta 3 meses de espera antes de poder interponer la demanda.
¿Qué se entiende por “gran tenedor”?
Según la normativa actual, un gran tenedor es una persona física o jurídica que posee más de 10 inmuebles de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m², excluidos garajes y trasteros. Sin embargo, en zonas tensionadas en Cataluña, este umbral se reduce a más de 5 inmuebles. Esta clasificación afecta directamente a la aplicación de la Ley por el derecho a la vivienda y, por tanto, a la obligación de seguir el procedimiento MASC.
¿Cómo protegerse ante esta nueva obligación?
Esta obligación supone una carga añadida para los grandes tenedores, tanto en plazos como en gastos legales, y puede conllevar pérdidas económicas importantes si no se cuenta con la protección adecuada.
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